COPYRIGHT
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SOFTWARE
LIBRE
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Es el grupo de normas jurídicas y
principios legales que buscan proteger los derechos del autor, se limita
estrictamente a la obra
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Es la facultad que tiene el consumidor
ejecutar, cambiar y mejorar el software de acuerdo a sus necesidades y/o
intereses particulares.
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Bajo esta figura el creador del
software es el único que tiene derecho a utilizarla, si alguien necesita
hacer uso de este debe pagar y solicitar permiso a su autor.
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Copyleft es el nombre corto utilizado
para enmarcar legalmente la garantía que cualquier producción en este caso el
software y sus cambios permanece libre
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Presenta las siguientes
características:
- La única
persona que puede decidir sobre el software es su autor.
- Para hacer uso
de este se debe pagar y solicitar permiso.
- Solo su autor
la puede redistribuir legalmente.
- Sólo permite
tener el software para uso personal.
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Debe cumplir con las siguientes
características:
- La libertad de
utilizar el software
- Libertad para
realizar cambios y adaptarlo a sus necesidades e intereses particulares.
- Libertad de
redistribuir copias de forma gratuita o a cambio de un pago.
- Libertad de
distribuir versiones mejoradas para que los demás puedan acceder.
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Se establece como un escenario
jurídico que busca defender los derechos de reproducción de un trabajo,
asegurándole al autor o dueño de esos derechos el uso exclusivo de su
producción, abarca la parte patrimonial del derecho de autor.
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La GNU es un sistema operativo libre
parecido a Unix, que se libera por el apoyo del proyecto GNU, está protegido
con copyleft, aunque no todos, pero todo el software debe ser libre. Está
conformada por un grupo de términos de distribución que buscan proteger con
copyleft un software, el proyecto GNU la usa como el marco de referencia para
la distribución de la mayor parte del software GNU.
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Comprende sólo los derechos
patrimoniales, por lo cual son derechos económicos, por lo que es un producto
de consumo y por lo tanto el dueño
puede
ceder su posesión mediante alguna figura jurídica como venta, herencia,
regalo.
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Esta figura aunque no tiene
reconocimiento legal, se puede describir como un conjunto de licencias y/o
permisos jurídicos que se pueden
adaptar
a diferentes producciones en este caso al software.
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Cubre
y vigila por todas las acciones que se puedan desarrollar al usar el
contenido de la producción en este caso el software.
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El
autor da libre acceso a la distribución.
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El dueño
de los derechos de la producción puede controlar y decidir el uso que otras
personas puedan darle al software.
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Es
el concepto contrario al copyright, y los autores que se adaptan a esta
figura están permitiendo que otras personas puedan ampliar y mejorar sus
producciones.
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El
objetivo de este principio legal es proteger la propiedad intelectual sobre
el software.
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Se
puede describir el copyleft como lo opuesto al copyright.
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Establece
normas y principios que regulen los derechos patrimoniales y morales sobre su
uso y distribución en cuanto a los contenidos.
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Se
debe asegurar que tanto la el software como sus modificaciones se deben
distribuir de manera libre es decir con la misma licencia de copyleft o se
tendrá consecuencias legales.
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Promueve
el monopolio y los altos costos de los productos, lo que genera la
inaccesibilidad y/o el consumismo ante la rapidez de la oferta de software
mejorado y actualizado lo que implica un aumento en el gasto del consumidor,
teniendo también como consecuencia la piratería.
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Se
necesita que la distribución se realice sobre los cambios sobre el software
con copyleft.
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El
símbolo del copyright “c”, es usado para indicar que una obra está sujeta al
derecho de autor. El derecho de autor es un conjunto de normas y principios
que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los
autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística o
científica, tanto publicada o que todavía no se haya publicado.
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El
símbolo del copyleft es “c”, es decir, el símbolo del copyright invertido,
viendo hacia la izquierda. Es utilizado como la contrapartida del símbolo del
copyright, sin embargo no posee reconocimiento legal. El término copyleft
describe un grupo de licencias que se aplican a una diversidad de trabajos
tales como el software, la literatura, la música y el arte.
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En 1790,
las obras protegidas por la Copyright eran sólo los mapas, cartas de
navegación y libros. Hoy día son objeto de protección las obras originales,
del campo literario, artístico y científico, cualquiera que sea su forma de
expresión, soporte o medio.
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Puede
ser distribuido, modificado, copiado y usado; el software de dominio público
significa que no está protegido por el copyright. Es conveniente no confundir
el software libre con el software gratuito, éste no cuesta nada, hecho que no
lo convierte en software libre, porque no es una cuestión de precio, sino de
libertad.
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Si no se
utilizara copyright muchos artistas
podrían
temer que su trabajo pudiera ser copiado y modificado sin reconocer el
trabajo al artista inicia.
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En
vez de que el código del sistema o de cada
uno
de los programas sea un secreto celosamente guardado por la empresa que lo produce,
éste es puesto a disposición del público, para que puedan modificar, mejorar
o corregir.
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El hecho
de que el software esté sometido al copyright, se trata en realidad de una
decisión arbitraria, adoptada como resultado de las negociaciones que, en los
’70, se realizaron para encontrar un marco regulatorio para los programas de
computadora.
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La
gran cantidad de desarrolladores de software libre, que deliberadamente
renuncian a imponer condiciones restrictivas a la distribución, estudio y
confección de obras derivadas de sus programas no sólo desmiente de plano que
el copyright sea necesario para el desarrollo de la disciplina, sino que
demuestra, por construcción, que un ambiente de cooperación y colaboración es
mucho más fértil que uno de aislamiento y restricción.
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La gestión de la Información digital es el conjunto de actividades realizadas con el fin de controlar, almacenar y posteriormente recuperar la información producida, recibida o retenida por cualquier sociedad de la Información.
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